Economía

Contratos suspendidos en el sector primario deben reactivarse el 1 de junio

La medida temporal fue adoptada mediante la Ley 201, con el fin de preservar los empleos y el término es el 31 de mayo. Foto, M. Serracín.


Redacción FI contacto@frecuenciainformativa.com

La Ley No. 201 sobre medidas temporales para preservar el empleo y normalizar las relaciones de trabajo establece que la última prórroga vigente de suspensión de los contratos del sector primario es hasta el 31 de mayo de 2021.

En el sector primario están todas las empresas relacionadas con la agricultura, ganadería, caza, silvicultura, pesca y actividades conexas.

A partir del 1 de junio, no se mantendrán contratos suspendidos en dicho sector, por lo tanto los empleadores están obligados a atender lo dispuesto en la norma y reactivar a sus trabajadores que a esa fecha se mantengan con contratos suspendidos, de lo contrario el MITRADEL procederá a reactivarlos automáticamente en el sistema.

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